Tuxtla Gutiérrez, Chis., 2 de mayo.
En una sesión extraordinaria, el Congreso de Chiapas aprobó por mayoría de votos una reforma al Código Penal Estatal para permitir la suspensión del embarazo en caso de violación, peligro de muerte de la madre o alteraciones genéticas o congénitas del producto.
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La reforma establece que el aborto no será punible cuando el embarazo sea consecuencia de violación, cuando la madre corra peligro de muerte o cuando se pueda determinar que el producto sufre alteraciones genéticas o congénitas que requieren el nacimiento con trastornos físicos o mentales graves. Además, se requerirá un dictamen médico y la opinión de otros especialistas si es posible y no es peligrosa la demora.
Con esta reforma penal, el Congreso de Chiapas garantiza el derecho de las víctimas a la reparación integral y a las medidas de no repetición, dando cumplimiento a la declaratoria general de inconstitucionalidad 5/2022 promovida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al amparo en revisión 438/2020.


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