SCJN elimina la prohibición del uso lúdico de la cannabis

La Suprema Corte de Justicia (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición del uso lúdico y recreativo de la mariguana. Con esto la Cofepris deberá expedir permisos individuales para el consumo recreativo.

Con 8 votos a favor y 3 en contra, el pleno de la Corte declaró inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud que prohibían el consumo de cannabis, con esto Cofepris ya no podrá negar los permisos.

“Hoy es un día histórico para las libertades. Después de un largo camino, esta Suprema Corte consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad para el uso lúdico, recreativo de la marihuana”, dijo el presidente de la corte, Arturo Zaldívar.

Zaldívar aseguró que la Declaratoria General de Inconstitucionalidad es procedente, pues lo aprobado sobre el uso de cannabis medicinal no tiene que ver con la prohibición del consumo lúdico.

La ministra Norma Lucía Piña, ponente del proyecto, señaló que la prohibición administrativa de la cannabis persiste en los artículos 235 y 247 de la Ley General de Salud, a pesar de la reforma en materia de cannabis medicinal del 19 de junio de 2017.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá coincidió con Zaldívar, y señaló que las reformas de cannabis medicinal no impiden emitir la Declaración General de Inconstitucionalidad.

Los ministros que votaron a favor fueron Arturo Zaldívar; Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena; Juan Luis González Alcántara Carrancá; José Fernando Franco; Luis María Aguilar; Norma Lucía Piña; Ana Margarita Ríos Farjat y Javier Laynez. Quienes votaron en contra fueron: Alberto Pérez Dayán, Jorge Mario Pardo y Yazmín Esquivel Mossa.


En 2019, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso cambiar la ley antes del 30 de abril de 2021, pues resolvió que la prohibición del consumo personal de cannabis es inconstitucional.

En marzo, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto que regularizaba la producción, distribución y posesión de la cannabis para uso personal. Éste fue enviado al Senado para su discusión que tenía hasta el 30 de abril – día que terminaba el periodo ordinario de sesiones – para aprobarla. Pero no lo hizo.

Por ello el asunto volvió a la SCJN donde se discutió la declaratoria general de inconstitucionalidad.

Sin embargo, señaló la organización México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) señaló que aunque la declaratoria eliminó la prohibición del consumo, la Corte no define las reglas para regularlo.

“Lo anterior quiere decir que, además de generar un vacío legal por no definir lo que las personas podrán o no hacer, la declaratoria únicamente tiene efecto sobre la Ley General de Salud y no así sobre el Código Penal Federal de manera que, de no tener un permiso, todas las actividades relacionadas con la sustancia son un delito”, explicó MUCD en un comunicado.

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Vía: animal político

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